sábado, 24 de octubre de 2015

¿QUÉ ES LA REFORMA POLÍTICA-ELECTORAL?

Nosotros los mexicanos vivimos en una democracia electoral en la que el derecho al sufragio universal se ejerce con plena efectividad. Y para seguir moviéndonos en una democracia es indispensable actualizar y perfeccionar el régimen político.
El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional en Materia Política-Electoral. En cumplimiento a esta reforma, el 23 de mayo fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación los decretos que expiden las leyes generales de delitos electorales, de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de Partidos Políticos, así como las modificaciones a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Esta reforma modifica la relación entre poderes y entre éstos y los ciudadanos.
1.    Se modernizan las instituciones del régimen político para fomentar un mayor equilibrio entre Poderes, facilitar el diálogo y los acuerdos y consolidar una democracia de resultados.
 
2.    Se transforman las instituciones y las reglas de la competencia electoral para fortalecer la participación ciudadana y brindar mayor certidumbre a los comicios, tanto a nivel nacional como local.

MODIFICACIONES AL PARTIDO POLÍTICO
·         Se faculta al Presidente de la República para formar un gobierno de coalición con cualquiera de los partidos políticos, con la necesidad de crear mejores formas de colaboración entre el Poder Ejecutivo y Legislativo para facilitar acuerdos que transformen al país.

·  Fortalecer el equilibrio que existe entre el Ejecutivo Federal y el Poder Legislativo.

·      Fomentar la corresponsabilidad entre poderes (Cámara de Diputados ratificará el Plan Nacional de Desarrollo y el Senado ratificará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública)

·    Nosotros los ciudadanos podremos reelegir a los diputados y senadores a partir del 2018 por cuatro periodos consecutivos y cada uno de esos cargos será máximo de 12 años. Permitirá mayor rendición de cuentas y mejorar la labor parlamentaria.

MODIFICACIONES A LAS REGLAS E INSTITUCIONES ELECTORALES

·   Se crea el INE, que asume las funciones del IFE y fortalece la autoridad electoral. Puede organizar elecciones en cualquier estado cuando sea necesario y contará con un nuevo Sistema Nacional de Fiscalización, con esto se abandona la transparencia de las elecciones.

·     Para un resultado justo, se anulará la elección si el candidato rebasa os topes de campaña en un 5% o más del monto autorizado. Comprando o adquiriendo cobertura informativa o tiempos de radio y TV y recibiendo dinero ilícito.

v  Se fomenta de forma decidida la participación ciudadana al:

·     Procurar equidad de género en contiendas electorales.

·  Fortalecer las candidaturas independientes, garantizando a los ciudadanos postulados a un cargo de elección obtendrán recursos públicos.

·   Facilitar el ejercicio del derecho al voto de los mexicanos residentes en el extranjero

·         Garantizar el derecho de los pueblos y comunidades indígenas.


Con ésta reforma, se modernizan nuestras reglas e instituciones electorales para dar equidad en la calidad de la democracia.

También fortalece la capacidad del Estado para alcanzar acuerdos sobre las decisiones más relevantes, consolidando así una democracia de resultados en beneficio de los mexicanos.

viernes, 23 de octubre de 2015

LA REFORMA POLITICA-ELECTORAL CON IMPACTO SOCIAL

Cuando se habla de la reforma política, existe la idea de que es un tema que incumbe solamente a la clase política. Con frecuencia escuchamos entre la gente, que el sistema político mexicano no funciona como debería y que los políticos siempre buscan satisfacer sus propios intereses cuando toman decisiones que tienen que ver con el cambio del régimen político.

Hace dos años senadores del PAN y PRD presenta unrona nueva iniciativa de reforma política que en mi opinión tiene una característica que la hace distinta: es audaz.
Esta propuesta fortalece la democratización de nuestro régimen político a través de tres ejes: 

1) Cambios substanciales a nuestro Sistema Electoral
2) Una nueva forma de relación entre los Poderes Públicos
3) Fortalecimiento del Sistema de Rendición de Cuentas a través de la Participación Social.

Esta propuesta tiene tres aspectos relevantes:
  • Fiscalización más eficaz a las campañas electorales con efectos que pueden llegar a la nulidad de la elección. 
  • Se propone una segunda vuelta electoral para los casos de Presidente de la República, Gobernadores y Alcaldes. 
  • Se introduce la posibilidad de que el Senado de la República pueda decretar la desaparición de los órganos electorales locales.
Se establece la reelección legislativa y de alcaldes, así como la eliminación del fuero para cualquier cargo público.
En materia de participación ciudadana se regula la Iniciativa Ciudadana y la Consulta Popular.

Pilar Ortega nos dice: Por primera vez una propuesta de reforma política mira hacia los derechos políticos de las mujeres, al proponer la eliminación de la excepción por principio democrático a cuota de candidaturas y establecer un ajuste a través de las plurinominales para hacer efectiva la proporción de al menos el 40% de mujeres en el Congreso.


miércoles, 21 de octubre de 2015

México y las reacciones en su proceso de transformación

México ha pasado por un proceso de transformación política, económica y social importante. Reformas como la energética y la fiscal  han provocado reacciones diversas en la sociedad; sobre todo en el ala izquierda de la política mexicana.
Los bloqueos viales, los gritos de protesta, los enfrentamientos entre policías y manifestantes se han vuelto el pan nuestro de todos los días. Ahora cuando nos levantamos no sólo nos preocupamos por lo que vamos a desayunar; también tenemos que conectarnos a los medios sociales para enterarnos por la mejor ruta para ir al trabajo.
El día definitivamente no empieza a la misma hora que hace 6 meses; si bien nos va tenemos que pararnos por lo menos una hora antes para llegar a tiempo  a nuestro destino; en fin esta política de movilización social llevada a cabo por la izquierda mexicana y los grupos subversivos  en México, ha afectado seriamente el flujo normal de muchos estados, principalmente el Distrito Federal
Se les olvida que reformar, desde el punto de vista gramatical, significa innovar, cambiar o darle nueva forma a algo.
Las normas que regulan la actividad política del Estado y de la sociedad, deben estar en constante movimiento ante los cambios estructurales de la propia sociedad, que indudablemente se reflejan en los esfuerzos de los individuos por alcanzar estándares de vida cada vez mejores dentro de una convivencia democrática.
Los cambios en la vida política de nuestro país constituyen otro factor por el que se han producido y se siguen dando reformas electorales sucesivas, conformando  así una espiral constructiva ascendente que propicia la creación del marco legal e institucional, donde la diversidad de fuerzas han podido expresarse y competir.
De acuerdo con los documentos del Pacto por México, para la reforma político-electoral se busca impulsar una ley general de partidos; la disminución en el monto de los topes de campaña; la revisión de los tiempos oficiales de radio y televisión; evitar el uso de esquemas financieros de origen ilícito en las elecciones y crear una autoridad electoral de carácter nacional.
He aquí entonces la importancia de una Reforma  político-electoral  que vaya de la mano con otras reformas como la política, la energética y la financiera.
México necesita vivir un  proceso transformador  y así establecer los mecanismos para una competencia leal y equitativa, que mas tarde incida en una participación política de coexistencia y pluralidad.

viernes, 16 de octubre de 2015

BENEFICIOS DE LA REFORMA POLÍTICO ELECTORAL

Aspectos positivos

·                         Se elimina la prohibición de hacer campañas negativas (denigración) que saturó a las autoridades electorales de quejas y litigios que en ocasiones se usaban como propaganda de campaña y que además restringía la libertad de expresión.

·                         El adelanto de la toma de posesión del presidente electo agilizará la transición entre administraciones.

·                         La homologación del número y duración en el cargo de los consejeros electorales de los órganos estatales puede contribuir a una mayor independencia con respecto a los gobiernos estatales.

·                         Si se diseña correctamente, la ley reglamentaria del artículo 134 puede ayudar a moderar los gastos de comunicación social y a ordenar el mercado de medios de comunicación en México —buena parte del cual vive no de sus lectores o radioescuchas, sino del dinero público.

·                         Los procedimientos especiales sancionadores (PES) serán resueltos ahora por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con lo que se reduce la saturación de trabajo del Instituto Nacional Electoral, que sólo tendrá que realizar la investigación de las impugnaciones y dejará su resolución al tribunal.

·                         Se mejora el nombramiento de los consejeros electorales. Ahora participará un comité técnico integrado por siete personas: tres nombrados por la Junta de Coordinación Política de Diputados, dos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y dos por el IFAI. En segunda instancia interviene la Junta de Coordinación Política, que es la encargada de la negociación política. Sin embargo, en caso de que no se logre un acuerdo se prevé un proceso de insaculación, y si la Cámara incumple el plazo legal se prevé un “castigo”: el procedimiento pasa a la Suprema Corte para que ésta insacule a los consejeros.

jueves, 15 de octubre de 2015

¿ Y que pasa con lo Politico-Electoral?

- La reforma político-electoral quedó aprobada este viernes por ambas cámaras del Congreso mexicano y fue remitida a los congresos estatales para su revisión.


El texto quedó avalado por los senadores por 95 votos a favor, 11 en contra y dos abstenciones.


Por mayoría, el Senado determinó aceptar las modificaciones que la Cámara de Diputados hizo al documento, a pesar de que algunos de esos cambios generaron polémica entre las bancadas.


La modificación que causó más controversia se refiere a las sanciones para los candidatos que violen la ley electoral.


A principios de diciembre, el Senado estableció que deberá anularse una elección cuando un abanderado adquiera tiempo aire en medios electrónicos. La adquisición de espacios en radio y televisión está prohibida desde la reforma electoral de 2007-2008, pero hasta ahora la sanción se limitaba a una multa.


En su revisión, la Cámara de Diputados cambió el término "adquirir" por "comprar", lo cual —según algunos senadores— facilitará que los candidatos violen la ley, porque para que se compruebe la compra y que cometieron una falta deberán existir contratos de transacción.


"Como regla general, la figura de la compra no se da, porque los distintos actores no celebran contratos escritos para violar la Constitución", argumentó el senador Javier Corral, del Partido Acción Nacional (PAN).


Para el panista, la modificación de la Cámara de Diputados fomentará “el mercado negro de la información”, en el que aspirantes se harán de propaganda disfrazada de notas y reportajes.


Otros senadores como Benjamín Robles, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), respaldaron a Corral y exigieron que se retomara la redacción original del Senado, pero la exigencia fue rechazada por el gobernante Partido Revolucionario Institucional (PRI) y la mayor parte de los panistas.


La reforma política también implica, entre otros puntos, permitir la reelección de senadores, diputados federales y locales y alcaldes. Para el caso de los senadores y diputados federales, la medida entrará en vigor para los que resulten electos en los comicios de 2018.


Además, se crea un nuevo Instituto Nacional Electoral (INE), que sustituirá al Instituto Federal Electoral (IFE) y deberá coordinarse con los órganos electorales locales para organizar los comicios en cada entidad.


La conformación del INE ha generado polémica entre académicos y los actuales consejeros del IFE, para quienes la creación del nuevo organismo será costosa y complicará la organizacion de las próximas elecciones federales.


Esos comicios deben celebrarse en julio de 2015 para renovar la Cámara de Diputados, pero el proceso debe arrancar a finales de 2014.


La reforma, además, otorga autonomía constitucional a la Procuraduría General de la República (PGR), que actualmente depende del gobierno federal. Con la modificación, la PGR se convertirá en Fiscalía General y será autónoma a partir de 2018, después de que termine el mandato del presidente Enrique Peña Nieto.


El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), responsable de medir la pobreza, también será autónomo a partir de 2018.


Otro cambio implica que el presidente que resulte electo ese año tome posesión del cargo el 1 de octubre, no el 1 de diciembre, como ocurre hasta la fecha.


En meses recientes, el PAN condicionó el debate de la reforma energética de Peña Nieto y del PRI a que antes avanzara la reforma política. Desde entonces, el PRI comenzó a negociar para que el tema lograra avanzar.


A raíz de las negociaciones, la reforma política quedó aprobada a principios de este mes. Días después se avaló la reforma energética, una iniciativa considerada clave para el gobierno de Peña Nieto (2012-2018).




martes, 13 de octubre de 2015

PUNTOS A ENTENDER DE LA REFORMA LABORAL

Tal vez nosotros al enterarnos de las reformas que son aprobadas en nuestro país, la falta de interés al conocer más allá de que trata una reforma, en que nuevos cambios hay y que nos va a beneficiar o  perjudicar tendremos que informarnos e investigar para no tener alguna duda y saber de nuestros derechos y obligaciones. El trabajador tiene que conocer en que consiste estos cambios y no solo dejar las cosas en que se manejen de la manera que a sus coordinadores les convenga, y aquí solo dejamos unos puntos en que consiste esta reforma laboral.

• Nuevas formas de contratación

Se prevén nuevas modalidades de contratación. Todas ellas con salario, prestaciones proporcionales, seguridad social y antigüedad. Éstos sólo podrán entregarse una vez y son improrrogables.

A prueba: por un periodo de prueba de uno a seis meses.
Capacitación inicial: contrato de tres a seis meses.
Temporada: día, por semana, por mes.
Teletrabajo: empleo a distancia.

• Pago por hora

Esta forma de pago ya estaba prevista por la ley, pero ahora se indica de manera expresa. La propuesta prohíbe que el trabajador gane en una jornada -ya sea de ocho horas o de una hora- menos de un salario mínimo diario. Por lo tanto, si un trabajador labora menos de una jornada completa (ocho horas) no se fraccionará el salario mínimo, sino que recibirá, al menos, el equivalente al salario mínimo diario. Con estas modalidades, los jóvenes podrán adquirir experiencia que fortalezca sus competencias laborales.

Sin embargo, una de las desventajas es que las empresas podrían dar por seis meses un contrato de capacitación inicial y seguir con un periodo de prueba de seis meses. 

• Outsourcing

El outsourcing significa que una empresa contrata los servicios de otra para que ésta realice tareas al interior de su organización. No es una figura ilegal pero no estaba regulada. A partir de esta reforma, si a usted lo contratan bajo esta modalidad, por ley tendrá garantizado el acceso a la seguridad social, prestaciones y generará antigüedad.

Para que las empresas puedan hacer uso del outsourcing, el patrón deberá asignar al trabajador actividades especializadas y no podrán ser tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores a su servicio.

• Salarios caídos

Si usted demandara a una empresa por despido injustificado, se limitaría a un año la generación de salarios vencidos. Es decir, el pago de su salario será a 100% durante el primer año del juicio.

Si éste continúa, se le pagará una tasa de interés de 2% mensual, sobre una base de 15 meses de salario. Lo que quiere decir 24% anual. Además, se establecen sanciones a los abogados que retarden intencionalmente un juicio laboral con multa de hasta 1,000 veces el salario mínimo. 

• Transparencia sindical

La reforma también considera que el trabajador tenga derecho a recibir información sobre la administración del patrimonio sindical, así como el voto libre directo y secreto en elecciones de directivos.
A esto para entender mejor es tener sindicatos transparentes y fortalecidos sería una verdadera herramienta para limitar los abusos.

• Equidad 
de género

Se prohíbe solicitar certificados de no embarazo como requisito para contratar, así como el despido por embarazo.

Las mujeres que adopten tendrán derecho a un descanso de seis semanas con goce de sueldo.

Además, se reconoce la licencia de paternidad, por nacimiento y por adopción, de cinco días con goce de sueldo (la iniciativa original indicaba 10 días).

viernes, 9 de octubre de 2015

3 EFECTOS NEGATIVOS DE LA REFORMA LABORAL

Arturo Alcalde Justiniani, asesor jurídico del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Iberoamericana (STUIA) revela algunos artículos contemplados en la nueva Ley Federal del Trabajo que podrían perjudicar a la clase trabajadora en México.
A continuación se muestran los 3 efectos negativos que podrían raer consigo las modificaciones y adhesiones a la Ley Federal del Trabajo.

1- Limitar a un año el pago de salarios caídos = “despidos baratos”
Para Justiniani, establecer los doce meses como tope máximo de pago, en caso de despido injustificado, es una solución “muy equivocada” porque está construida sobre la hipótesis de los juicios lentos en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la cual no se les debió imputar a los trabajadores.
“La solución nunca debió haber sido que pagaran la factura los trabajadores sino que se buscara que los juicios fueran rápidos para que no hubiera ninguna lesión ni para los trabajadores ni para los empresarios”, indicó.

Efecto negativo: “Es totalmente equivocada y profundamente dolorosa para los trabajadores porque va a ser un incentivo para que los empresarios despidan a la gente, sobre todo de más antigüedad o más salario porque se redujo el costo del despido”.

Esto menciona el modificado artículo 48: Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese la acción intentada, a que se le peguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de 12 meses, en términos de lo preceptuado en la última parte del párrafo anterior.

2- Despidos “a juicio del patrón”
El asesor jurídico del STUIA afirma que hay una frase en el artículo 39-B que debería eliminarse ante posibles abusos.
Se trata de aquella que indica que al finalizar el plazo de un contrato temporal (de hasta 6 meses), “a juicio del patrón” se podría dar por terminada la relación laboral. 
Justiniani señaló que incluso resulta contradictorio que una frase diga que es a juicio del patrón y en otra mencione que se debe tomar en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad.

Efecto negativo: Los patrones argumentarían que “a su juicio” determinada cantidad de trabajadores no acreditó su competencia y los despediría con facilidad; se volvería un círculo “vicioso” de contratos temporales en la empresa con nuevos empleados cada seis meses, a los que se les pague menos que en empleos fijos.

Esto menciona el artículo 39-B: La vigencia de la relación de trabajo a que se refiere el párrafo anterior, tendrá una duración máxima de 3 meses o en su caso, hasta de 6 meses sólo cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento de carácter general o para desempeñar labores que requieran conocimientos profesionales especializados (…)

3- Omisiones en pagos por hora
Alcalde Justiniani reconoció que fue positivo que en el artículo 83 se especificara que el pago por hora no podría ser menor a un salario mínimo, de aproximadamente 60 pesos.
No obstante, aseguró que “lo ideal” era especificar claramente que tienen que respetarse la antigüedad y las prestaciones como el pago del séptimo día, lo cual fue omitido.

Efecto negativo: Las empresas pagarían por horas de la semana sin incluir el pago de días de descanso, como ocurre en los empleos fijos.


Así quedó el artículo 83 que pasó al Senado: Tratándose de salario por unidad de tiempo, se establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal (…) El ingreso que perciban los trabajadores por esta modalidad, en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada diaria.

FUENTE: aristeguinoticias.com